La Directiva Europea 2003/59/CE establece una formación obligatoria para los conductores de los vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, cuyo objetivo es conseguir conductores que puedan responder a las nuevas exigencias del mercado de los transportes por carretera y mejorar la seguridad vial y la de los propios conductores.
El Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, regula, de acuerdo con la citada Directiva 2003/59/CE, las condiciones para la obtención del certificado de aptitud profesional CAP, acreditativo de la cualificación inicial, y de la realización de los cursos de formación continua.
El certificado de aptitud profesional CAP es necesario para la conducción por las vías públicas de vehículos de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.
El certificado de aptitud profesional CAP acredita que los conductores han superado los cursos y exámenes exigidos para la cualificación inicial.
El órgano competente expedirá la tarjeta de cualificación CAP a los conductores que hayan obtenido el certificado de aptitud profesional CAP, que tendrá una vigencia de cinco años.
Para prorrogar la vigencia de la tarjeta de cualificación CAP es necesario realizar un curso de formación continua.
Los cursos de formación continua tienen como objetivo profundizar y revisar los conocimientos adquiridos con la obtención del certificado de aptitud profesional CAP y actualizar los conocimientos esenciales para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié en la seguridad en carretera y la racionalización del consumo de carburante.
Estarán exentos de la obligación de cualificación inicial los conductores que sean titulares de los siguientes permisos de conducción:
a) De una de las clases D1, D1+E, D o D+E, expedido antes del 11 de septiembre de 2008.
b) De una de las clases C1, C1+E, C o C+E, expedido antes del 11 de septiembre de 2009.
Estos conductores obtendrán el primer certificado de aptitud profesional CAP cuando hayan superado un curso de formación continua.
tipos de cursos
Cualificación inicial mercancías (ver más)
Finalidad
Obtener el certificado de aptitud profesional CAP, válido para los permisos de conducción de las clases C1, C1+E, C y C+E.
Requisitos
Estar en posesión, al menos, del permiso de conducción de la clase B.
Duración
140 horas.
Pruebas
Examen teórico de 100 preguntas.
Cualificación inicial viajeros (ver más)
Finalidad
Obtener el certificado de aptitud profesional CAP, válido para los permisos de conducción de las clases D1, D1+E, D y D+E.
Requisitos
Estar en posesión, al menos, del permiso de conducción de la clase B.
Duración
140 horas.
Pruebas
Examen teórico de 100 preguntas.
Ampliación mercancías (ver más)
Finalidad
Ampliar la validez del certificado de aptitud profesional CAP para los permisos de conducción de las clases C1, C1+E, C y C+E.
Requisitos
Estar en posesión del certificado de aptitud profesional CAP, acreditativo de la cualificación inicial, válido para los permisos de conducción de las clases D1, D1+E, D y D+E.
Duración
35 horas.
Pruebas
Examen teórico de 25 preguntas.
Ampliación viajeros (ver más)
Finalidad
Ampliar la validez del certificado de aptitud profesional CAP para los permisos de conducción de las clases D1, D1+E, D y D+E.
Requisitos
Estar en posesión del certificado de aptitud profesional CAP, acreditativo de la cualificación inicial, válido para los permisos de conducción de las clases C1, C1+E, C y C+E.
Duración
35 horas.
Pruebas
Examen teórico de 25 preguntas.
Formación continua (ver más)
Finalidad
Prorrogar la vigencia de la tarjeta de cualificación CAP.
Requisitos
Estar en posesión del certificado de aptitud profesional CAP.
Estar en posesión, al menos, del permiso de conducción de la clase C1 o D1.
Duración
35 horas.